Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO. LUGAR DE EJECUCION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 803472 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XIX, Primera Parte; Pág. 37

El artículo 429, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, dice que es Junta competente para conocer de los conflictos laborales la del lugar de la ejecución del trabajo. Y siendo esa fracción la primera que consigna el precepto legal, a ella en primer término, debe acudirse para fijar la competencia, y después, por su orden a lo establecido en las fracciones II, III, IV y V, de la misma disposición legal. Ahora bien, si obra en los autos de la reclamación formulada por el actor la certificación asentada por el primer secretario de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje en el sentido de que en los antecedentes procesales del sindicato actor existe un contrato colectivo de trabajo suscrito entre ese organismo y el propietario de la empresa, depositado por ambas partes, del que aparece que las instalaciones a que se refiere ese convenio se encuentran ubicadas en un lugar determinado y que en los tabuladores de aquél se haya el trabajador despedido, demostrando con esa certificación que el obrero actor prestaba sus servicios en el lugar que fue señalado como de ejecución del trabajo, con apoyo en la disposición legal invocada el conocimiento del conflicto laboral corresponde a la Junta Central de Conciliación y Arbitraje.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803472-048a9bcb/competencia-en-materia-de-trabajo-lugar-de-ejecucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia de trabajo 68/55. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Torreón, Estado de Coahuila y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Gómez Palacio, Estado de Durango. 6 de enero de 1959. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.