REVISION FISCAL, AGRAVIOS EN LA.
Para el efecto de resolver la revisión fiscal, que se tramita según las reglas de la revisión en el juicio de amparo, no debe suplirse la deficiencia de los agravios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803831-0e4b2ac8/revision-fiscal-agravios-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 253/51. Procuraduría Fiscal de la Federación (Román Toledo Severino). 23 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.
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