ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE.
Cuando el quejoso ha pretendido obtener la prórroga de su contrato de arrendamiento, por un año más, y éste ya transcurrió al momento de resolverse el amparo que promovió contra la sentencia que le fue adversa, procede el sobreseimiento del juicio de garantías, con fundamento en los artículos 73, fracción XVII y 74, fracción III, de la Ley de Amparo, porque aun en el caso de que se dictara sentencia favorable, ésta no podría producir efectos restitutorios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/803927-c3cf4e22/arrendamiento-prorroga-del-contrato-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7951/63. Hortensia Elizondo de Soto. 14 de julio de 1965. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
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