PRESCRIPCION DE LA PENA.
Si el sentenciado ocurrió en amparo ante la Suprema Corte de Justicia y la sentencia quedó en suspenso por lo que se refiere a su ejecución, no puede afirmarse que dicho quejoso se encuentre sustraído a la acción de la justicia, caso único en el que el transcurso del tiempo funda la prescripción. Por otra parte, si la sentencia fue notificada al quejoso mucho tiempo después de dictada, no puede afirmarse que haya estado sustraído a la acción de la justicia durante ese lapso, pues esta última situación se da tan sólo cuando, revocada la libertad provisional, no puede lograrse la comparecencia del acusado mediante la orden de aprehensión correspondiente, o bien cuando el detenido huye del lugar de su detención.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804035-f89c1fdc/prescripcion-de-la-pena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCION DE LA PENA. NO OPERA MIENTRAS EL SENTENCIADO GOCE DEL BENEFICIO DE LIBERTAD PROVISIONAL. (s/clave)
- PRESCRIPCION DE LA PENA. (s/clave)
- PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, TERMINACIÓN DE LA.- (5356)
- EJECUCION DE SENTENCIAS PENALES. (s/clave)
- PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO SIN SOLICITUD DE SUSPENSIÓN NO INTERRUMPE LA. ILEGALIDAD DEL AUTO DE FORMAL PRISIÓN QUE SOSTIENE LO CONTRAR (5350)
- PRESCRIPCION DE LA PENA. CUANDO COMIENZA A CORRER EL PLAZO PARA ELLA RESPECTO DEL LIBRE BAJO CAUCION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis