TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
Conforme a la lógica jurídica, la no contradicción del testimonio determina su eficiencia probatoria, pero si existe tal contradicción, ella determina un vicio procesal que inhabilita el valor probatorio del testimonio y determina la insuficiencia de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804132-ea057ec8/testigos-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 973/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro Ruiz de Chávez. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
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