TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
Si la crítica del testimonio no encuentra ningún vicio de percepción o de evocación de los hechos percibidos por parte de los sujetos de la obligación testimonial, que pudieran hacer nulo el valor incriminador del mismo, éste hace prueba plena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297681-9955f4c3/testigos-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5868/48. Ovando Heriberto. 12 de mayo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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