TESTIGOS EN MATERIA PENAL.
Las declaraciones de los testigos presenciales adquieren gran fuerza probatoria si no están contradichas por otros datos procesales, fuera de las deposiciones de los inculpados, y sí corroboradas por otras circunstancias en la causa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/297464-f7041417/testigos-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 781/52. Vera Tello J. Trinidad y coag. 19 de septiembre de 1952. Mayoría de tres votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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