ARBITRIO JUDICIAL AL APRECIAR LOS HECHOS.
La Suprema Corte ha sustentado el criterio de que "el empleo del arbitrio judicial en materia de apreciación de los hechos, sólo puede censurarse por el Juez del amparo cuando es manifiestamente abusivo o claramente contrario a las reglas de la lógica o a las máximas de la experiencia".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804535-ca0b0b88/arbitrio-judicial-al-apreciar-los-hechos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 2808/48. Sears Roebuck de México, S. A. 19 de enero de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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