Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJO, GASTOS EN LOS, JUICIOS DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 804689 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 657

La Ley Federal del Trabajo no tiene disposición alguna que autorice a condenar por el pago de gastos originados durante el juicio, puesto que los tribunales del trabajo son de tal naturaleza, que los actores y demandados por sí mismos pueden comparecer a solucionar sus conflictos, sin el auxilio de letrados, ya que no se le exigen formalidades en el ejercicio de sus acciones, promociones o alegaciones, y por disposición de la ley, ni las copias certificadas que extiendan las Juntas ni los poderes que otorgan las partes causan impuesto alguno, precisamente para que los conflictos de trabajo no causen erogaciones a los contendientes.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/804689-acaa5367/trabajo-gastos-en-los-juicios-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 42/50. Paredes Lugardo A. 13 de agosto de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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