Corpus
Modo: Corpus Pro

GASTOS Y COSTAS EN LOS JUICIOS DE TRABAJO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 368749 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CVII; Pág. 609

La Ley Federal del Trabajo no dispone que en los conflictos laborales pueda condenarse al pago de las costas y gastos del juicio, ya que únicamente prevé que será a cargo de la parte condenada, el pago de los gastos que se originen en la ejecución de un laudo, (artículos 588 y 592) y por consiguiente sólo procederá esa condena contra el patrón, cuando por su voluntad haya aceptado obligarse así en el contrato colectivo y en este caso será necesario que el actor, en apoyo de su reclamación, invoque la cláusula respectiva y que acredite sus términos, pues de lo contrario la Junta no puede tenerla en consideración para fallar toda vez que debe decir la controversia tal como la haya sido sometida a su jurisdicción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368749-dd9fecf7/gastos-y-costas-en-los-juicios-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 9411/49. Herrera Romero Ricardo. 26 de enero de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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