Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

EMPLAZAMIENTO, FALTA DE, AL JUEZ DEL REGISTRO CIVIL, CODEMANDADO EN EL JUICIO DE NULIDAD DE MATRIMONIO, NO LE CAUSA PERJUICIOS AL ACTOR.

Clave: 37 · Registro digital (IUS): 805345 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Informes
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1979, Parte II; Pág. 31

El artículo 159, fracción I de la Ley de Amparo considera como violaciones del procedimiento que afectan las defensas del quejoso, cuando no se le cita a juicio, pero en el presente caso al que no se emplazó fue al Juez del Registro Civil, por ello no se causa ningún agravio al actor y ahora peticionario de garantías, además tal como lo manifiesta la responsable en la sentencia que se le combate, no se le causan perjuicios al quejoso por el hecho de que no se haya emplazado al Juez del Registro Civil de que se trata, codemandado en la reconvención que aquél intentó, toda vez que en uno de los puntos resolutivos de la sentencia del inferior se declaró nulo el matrimonio celebrado entre el actor y la demandada, y en todo caso a quien se le causaría perjuicios sería al aludido Juez del Registro Civil, sin embargo, aun en esta hipótesis debe estimarse que no se le causa ningún agravio al citado Juez del Registro Civil, pues éste no defendería ningún derecho subjetivo, pues no tiene interés en que no se declare nula el acta de matrimonio respectiva, y su actuación se reduce tan sólo a hacer en ésta la anotación correspondiente, aunque no se le demanda o demandándosele no se le emplace, pues se insiste la actuación del referido funcionario se reduce a un mero acto administrativo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805345-a4d2dfea/emplazamiento-falta-de-al-juez-del-registro-civil · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4755/78. Carlos Meneses Calvillo. 19 de abril de 1979. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: Carlos Alfredo Soto Villaseñor.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis