SALARIOS CAIDOS A LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, LEGALIDAD DE LOS.
La condenación al pago de salarios caídos, en favor de trabajadores del Estado, no es contraria al artículo 13 de la Constitución Federal, porque no se trata de emolumentos decretados en favor de alguna persona, sin causa legal, sino de responsabilidades específicas del Estado; como en el caso, en que la actora no estuvo en la posibilidad de ocupar la plaza disputada, en virtud de que el titular quejoso indebidamente prefirió a un tercero para ocuparla, y así, incurrió en la responsabilidad consiguiente que se traduce en el pago de las diferencias de salarios que dejó de percibir la reclamante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805538-52aa2fe6/salarios-caidos-a-los-trabajadores-del-estado-legalidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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