TRABAJADORES DEL ESTADO, BAJA DE LOS, CON ANUENCIA DEL SINDICATO RESPECTIVO.
Si hubo reducción en el presupuesto de la dependencia del Ejecutivo demandada, de una de las plazas de inspector que había venido figurando en el año anterior, y dicha dependencia probó haber cumplido con lo dispuesto por el artículo 30 del Estatuto de los Trabajadores de los Poderes de la Unión, dando de baja al quejoso con anuencia del sindicato respectivo, a quien dicho precepto concede facultad para resolver cuál es el trabajador de sus agremiados que personalmente deba resultar afectado en el caso de supresión de plazas, es incuestionable que no se cometió violación alguna en perjuicio del quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806077-b2e77292/trabajadores-del-estado-baja-de-los-con-anuencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES DEL ESTADO. PLAZAS, REDUCCION DE LAS, SIN SATISFACER LOS REQUISITOS LEGALES. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SUPRESION DE PLAZAS DE LOS, EN EL PRESUPUESTO. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO, REDUCCION DE SUELDOS A LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO. PLAZAS, PROCEDIMIENTO PARA REDUCIRLAS. (s/clave)
- TRABAJADORES DEL ESTADO. PLAZAS, REDUCCION DE LAS (CONSECUENCIAS). (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SUPRESION DE PLAZAS EN EL PRESUPUESTO. CUANDO SE GENERA EL DERECHO DEL SINDICATO PARA DESIGNAR AFECTADOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis