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Modo: Corpus Pro

LETRAS DE CAMBIO. COMPETENCIA CUANDO SE DESIGNAN VARIOS LUGARES PARA SU PAGO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 806262 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXV, Primera Parte; Pág. 84

El párrafo final del artículo 77 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito es terminante y perfectamente claro, al consignar que si en la letra se designan varios lugares para hacer el pago, se entenderá que el tenedor podrá exigirlo en cualquiera de ellos, es decir, que podrá hacerlo efectivo, ya sea judicial o extrajudicialmente, dado que el término exigirlo no se refiere solamente a las gestiones extrajudiciales sino también a las judiciales, y al expresar que "se entenderá", manifiesta cual es el espíritu de esa disposición.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806262-51419735/letras-de-cambio-competencia-cuando-se-designan-varios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 100/58. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito de Guadalajara, Jalisco y el Juez Segundo de Letras del Ramo Civil en Monterrey. 3 de mayo de 1960. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Competencia 99/58. Suscitada entre el Juez Primero de Distrito de Guadalajara, Jalisco y el Juez Segundo de Letras del Ramo Civil en Monterrey. 3 de mayo de 1960. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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