SUSPENSION POR HECHO SUPERVENIENTE.
Es indebido aceptar como hecho superveniente, la sentencia de fondo dictada en el mismo juicio de amparo al que corresponde el incidente, porque el hecho superveniente debe ser de la autoridad responsable, que es a quien se está enjuiciando constitucionalmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806489-32d96b5f/suspension-por-hecho-superveniente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6422/46. Coutiño Hermelinda. 14 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE. (s/clave)
- SUSPENSIÓN POR CAUSA SUPERVENIENTE. (951)
- SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE. (1188)
- SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE. (s/clave)
- SUSPENSIÓN POR CAUSA SUPERVENIENTE.- (443)
- SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE. (1187)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis