PRESCRIPCION EN MATERIA MERCANTIL, IMPROCEDENCIA DE LA RENUNCIA A LA.
La renuncia a la prescripción no la admite el Código de Comercio, y no puede considerarse aplicable supletoriamente la legislación común, tratándose de la renuncia a la prescripción de la acción para cobrar el importe de un título de crédito, en virtud de que tanto la ley mercantil, como la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, contienen disposiciones que regulan la prescripción, por lo que no habiendo laguna qué llenar, no cabe la aplicación supletoria de la ley común.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806933-e8abaf29/prescripcion-en-materia-mercantil-improcedencia-de-la-renuncia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo 9321/43. Mateo Francisco. 22 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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