PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
El recibo de finiquito otorgado por un trabajador, tiene valor probatorio suficiente para establecer la fecha desde la cual empezó a correr la prescripción, máxime, si tal recibo fue reconocido y ratificado por los testigos que lo suscribieron, y no puede alegarse que tal documento constituya un convenio que debió elevarse a las autoridades del trabajo, para su aprobación, puesto que contiene simplemente la expresión de que el quejoso sí recibió una suma como indemnización, y que el contrato de trabajo que lo ligaba con el patrono, concluyó desde la fecha de recibo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807020-3198951a/prescripcion-en-materia-de-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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