PRESCRIPCION POSITIVA.
El artículo 3008 del Código Civil del Distrito Federal, que establece que" No podrá ejercitarse ninguna acción contradictoria del dominio de inmuebles o de derechos reales inscritos a nombre de persona o entidad determinada, sin que, previamente, o a la vez, se entable demanda de nulidad o cancelación de la inscripción en que conste dicho dominio o derecho", es absolutamente inaplicable cuando la acción se propone obtener la declaración prevista en el artículo 1156 del código citado, ya que tal acción ha de dirigirse necesariamente contra la persona que aparezca como dueña de la cosa, en los libros del Registro Público de la Propiedad. Es de dicha persona, como propietario del inmueble, de quien el poseedor la adquiere mediante la usucapión, y la inscripción respectiva solo constituye un antecedente de propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807711-9d25b409/prescripcion-positiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRESCRIPCION POSITIVA. (s/clave)
- PRESCRIPCION POSITIVA, ESTA ACCION NO ES CONTRADICTORIA DE LA DE DOMINIO. (s/clave)
- ACCIONES QUE IMPUGNAN EL DOMINIO DE INMUEBLES. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 3008, EN RELACIÓN CON EL 3009, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.- (25)
- ACCIONES QUE IMPUGNAN EL DOMINIO DE INMUEBLES. INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 3008, EN RELACIÓN CON EL 3009, DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL. (14)
- PRESCRIPCION POSITIVA, CONTRA QUIEN DEBE INTENTARSE LA ACCION DE (REGISTRO, DESDE CUANDO SURTE EFECTOS). (s/clave)
- ACCIONES QUE IMPUGNAN EL DOMINIO DE INMUEBLES. INTERPRETACION DEL ARTICULO 3008, EN RELACION CON EL 3009, DEL CODIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL. (24)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis