EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION CONTRA EL CESE DE LOS.
Debe concederse la suspensión definitiva, solicitada por un empleado público, contra el cese acordado por la secretaría de Estado en que presta sus servicios, pues no puede decirse que con ello se afecte el interés general o se contravengan disposiciones de orden público. Por otra parte, si dicha secretaría se apoyó para dictar el cese, en la orden contenida en una resolución del Tribunal de Arbitraje, resolución ésta última, respecto de la cual se concedió la suspensión provisional, no puede decirse que el acto de la secretaría deba tenerse por consumado, por la circunstancia de que la misma ya haya dictado su resolución, acordando el cese, pues es evidente que si la orden del Tribunal de Arbitraje, a la secretaría responsable, estaba en suspenso, a virtud de la suspensión provisional concedida, puede otorgarse ahora la definitiva, sin darle efectos restitutorios.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808526-c935e6ce/empleados-publicos-suspension-contra-el-cese-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION CONTRA SU CESE. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA SU CESE. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA EL CESE DE LOS. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA SU CESE. (s/clave)
- EMPLEADOS PUBLICOS, SUSPENSION CONTRA EL CESE DE LOS. (s/clave)
- CESE DE EMPLEADOS, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA EL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis