TRABAJADORES, DESPIDO JUSTIFICADO DE LOS.
Si un trabajador confiesa que dejó de concurrir a sus labores debido a que se encontraba enfermo y a que no se le permitía que durante las horas de trabajo acudiera a consultar al médico que lo atendía, y no aparece rendida prueba alguna acerca del carácter de la enfermedad que dijo padecer, resulta que si no fue planteada tal cuestión, ni se reclama cantidad alguna como indemnización por tal concepto, sino que se refirió el hecho en forma meramente accidental, y la Junta para dictar fallo absolutorio en favor de la empresa se apoya en un convenio que tuvieron las partes ante una Junta Municipal, en el que se expresó categóricamente que si el trabajador no se presentaba a horas de trabajo aun cuando se encontraba fuera avisado el patrono, quedaba facultado éste para utilizar los servicios de quien le conviniere, a efecto de no entorpecer las labores, ninguna garantía individual se viola en la persona del trabajador al absolver al patrono.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/808901-48b8f4fe/trabajadores-despido-justificado-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TRABAJADORES, INDEMNIZACION POR CAUSA DE LA MUERTE DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES, SEPARACION JUSTIFICADA DE LOS. (s/clave)
- TRABAJADORES, DESPIDO JUSTIFICADO DE LOS. (s/clave)
- DESPIDO DE TRABAJADORES, POR NO JUSTIFICAR SUS FALTAS. (s/clave)
- TRABAJADORES, SEPARACION DE LOS, POR FALTAR A SU TRABAJO. (s/clave)
- TRABAJADORES, INDEMNIZACION POR LA MUERTE DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis