TRABAJADORES, SEPARACION JUSTIFICADA DE LOS.
Si el patrono separa al trabajador, fundándose en que durante seis días no concurrió al trabajo, sin haber dado aviso alguno, no basta para destruir esta aseveración, que el trabajador alegue que uno de sus familiares dio aviso por teléfono al patrono, pues aun cuando esté acreditado que el trabajador estuvo enfermo, eso no lo releva de la obligación que tenía de poner tal hecho en conocimiento del patrono, quien por lo tanto, estaba capacitado para imponer la sanción correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/378963-01134176/trabajadores-separacion-justificada-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5653/39. Martínez Oliverio. 9 de agosto de 1939. Mayoría de tres votos. Disidente: Salomón González Blanco. Relator: Alfredo Iñárritu.
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