TERCERIAS
Las tercerías no son un recurso ordinario, sino un medio que la ley concede al que no es parte en un juicio, para que pueda reclamar sus derechos; sin que esto excluya que también los pueda reclamar por medio del juicio de amparo, o implique que sea necesario acudir antes a la tercería, pues la improcedencia del amparo que se funda en que, ante los tribunales ordinarios, esté pendiente un recurso, contra el acto que se reclama, no cabe cuando se trata de tercerías, porque, como antes se dijo, la tercería no es un recurso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810732-d50928d5/tercerias · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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