BANCOS.
Los bancos de la clase A, conforme a la clasificación establecida por la Ley de 31 de Enero de 1921, están obligados a recibir sus propios billetes, en toda clase de créditos a su favor, inclusive el pago de intereses, a la par, y sin reducción alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810928-0feedc11/bancos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Banco Nacional de México, Sucursal en Oaxaca. 24 de septiembre de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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