REVOCACION.
Es un principio establecido por la ciencia jurídica, para dar solidez a los procedimientos judiciales, que los tribunales no pueden revocar sus propias determinaciones, sino cuando la ley positiva lo establece de una manera clara y concreta.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/810974-d68a6386/revocacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil. Alonso viuda de del Puerto Joaquina. 16 de junio de 1924. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- REVOCACION. (s/clave)
- REVOCACION (s/clave)
- REVOCACION. (486)
- REVOCACION. (758)
- REVOCACION. (s/clave)
- REVOCACION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis