PEQUEÑA PROPIEDAD.
El reglamento agrario fija para la pequeña propiedad, que no debe ser afectada por las dotaciones de ejidos, una superficie que no exceda de 150 hectáreas y, por tanto, procede conceder la suspensión cuando la dotación de ejidos afecta a la pequeña propiedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811203-b3dcc0c1/pequena-propiedad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. López Rodríguez Ramón. 14 de diciembre de 1923. Unanimidad de diez votos. Ausente: Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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