FIADOR EN EL AMPARO.
La autoridad responsable en el amparo directo, incurre en responsabilidad por el hecho de admitir fianza que resulte ilusoria o insuficiente para ejecutar el acto de suspensión; y entre las facultades de la misma autoridad, está la de cerciorarse de la idoneidad de la fianza, a fin de que, al producir sus efectos el auto de suspensión, no deje a descubierto los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a la parte contraria en el litigio de que el juicio de garantías se deriva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811253-56a5ecef/fiador-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en materia civil. Shintani K. y coagraviado. 29 de enero de 1921. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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