EXPULSION DE EXTRANJEROS.
La facultad para efectuarla se ha concedido al presidente de la República para mantener el buen orden social y el respeto y observancia de los principios constitucionales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811457-5b0462fe/expulsion-de-extranjeros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Gómez Eulogio. 19 de enero de 1918. Mayoría de siete votos. Disidentes: Enrique García Parra, Santiago Martínez Alomía, Enrique Moreno y Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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