EXTRANJEROS PERNICIOSOS.
Cuando la orden de expulsarlos del país, obedece a la comprobación de hechos que no pueden estimarse lícitos, no debe concederse la suspensión contra dicha orden, porque con ella se perjudican los intereses de la sociedad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/284210-44e5753d/extranjeros-perniciosos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Bergerón Mario. 2 de julio de 1924. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- EXTRANJEROS PERNICIOSOS. (s/clave)
- EXPULSION DE EXTRANJEROS. (s/clave)
- EXTRANJEROS, EXPULSION DE, DEL PAIS. (s/clave)
- EXTRANJEROS, SUSPENSION CON MOTIVO DE LA EXPULSION DE. (s/clave)
- EXTRANJEROS PERNICIOSOS. (s/clave)
- EXTRANJEROS, SUSPENSION TRATANDOSE DE EXPULSION DE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis