BENEFICIOS DE UNA LEY.
Cuando el acto reclamado consiste en que se ha privado al quejoso de los beneficios que una ley le concede, debe considerarse que han cesado los efectos de ese acto, cuando durante la secuela del amparo el quejoso ha gozado de ese beneficio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811735-0016d0c0/beneficios-de-una-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. González viuda de Dorantes María C. 6 de enero de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Santiago Martínez Alomía, Enrique Moreno y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo VIII, página 660, tesis de rubro "BENEFICIOS DE UNA LEY.".
Jurisprudencia relacionada
- BENEFICIOS DE UNA LEY. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, CESACION DE SUS EFECTOS. (s/clave)
- BENEFICIOS DE UNA LEY. (s/clave)
- BENEFICIOS LEGALES. (s/clave)
- ACTO RECLAMADO, CESACION DE SUS EFECTOS. (s/clave)
- BENEFICIOS DE UNA LEY. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis