PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.
La que hacen los tribunales, en uso de la facultad soberana que les da la ley, de las aducidas en el juicio, sin que exista una infracción manifiesta de las leyes que regulan la prueba, no constituye violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811864-f1f4441c/pruebas-apreciacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil directo. Rodríguez de León Salvador. 6 de diciembre de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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