SENTENCIA DEFINITIVA.
Para los efectos del amparo, debe entenderse así la que falle la controversia en cuanto al fondo, resolviendo, previo debate, sobre la acción y la excepción que forman la materia de dicha controversia, y respecto de la cual no quepa ningún recurso ordinario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/811873-4a83d571/sentencia-definitiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de incompetencia. Alcaide Manuel. 17 de septiembre 1918. Mayoría de siete votos. Ausente: Enrique García Parra. El Ministro Agustín Urdapilleta no votó. Disidentes: Alberto M. González y Agustín de Valle. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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