ACTOS DE COMERCIO, LA LEGISLACION APLICABLE SUPLETORIAMENTE A LOS, ES EL CODIGO CIVIL FEDERAL.
Las disposiciones del derecho común cuya aplicación supletoria a los actos de comercio permite el artículo 2o. del Código de Comercio, son las del Código Civil Federal y no las
del sustantivo civil local, puesto que la materia mercantil es federal, en los términos del artículo 73, fracción X, de la Constitución Federal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812017-12c41967/actos-de-comercio-la-legislacion-aplicable-supletoriamente-a · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 254/86. Anacleto Guerra Tapia. 21 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gilda Rincón Orta. Secretario: Enrique Gómez Mendoza.
Jurisprudencia relacionada
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- ACTOS DE COMERCIO, SUPLETORIEDAD DEL DERECHO COMUN A LOS. (s/clave)
- LEGISLACION MERCANTIL. (s/clave)
- LEGISLACION FEDERAL. (s/clave)
- ACCIONES DERIVADAS DE LOS ACTOS DE COMERCIO. DEBEN TRAMITARSE EN LA VIA MERCANTIL. (s/clave)
- LEY AGRARIA. LE ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE EL CODIGO CIVIL FEDERAL Y NO EL DEL ESTADO RESPECTIVO. (s/clave)
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