EL ESTADO DE INCONSCIENCIA COMO CAUSA DE INIMPUTABILIDAD (LEGISLACION PENAL DEL DISTRITO FEDERAL).
De acuerdo con el artículo 15, fracción II, del Código Penal del Distrito Federal, es causa de inimputabilidad que el acusado se encuentre al cometer la infracción, en un estado de inconsciencia de sus actos ocasionado por el empleo accidental e involuntario de sustancias tóxicas, embriagantes o enervantes o por un estado toxiinfeccioso agudo o por un trastorno mental involuntario de origen patológico y transitorio. No se surten dichos requisitos cuando un individuo ofuscado por la pasión erótica priva de la vida a su amante que ha anunciado que terminarán su relaciones, ya que la emoción o la pasión son fenómenos psicológicos que no encuadran en dicha excluyente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/812902-ddae6731/el-estado-de-inconsciencia-como-causa-de-inimputabilidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE. LESIONES. (s/clave)
- ESTADO DE INCONSCIENCIA, PRUEBA DEL (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL Y DE TAMAULIPAS). (s/clave)
- INCONSCIENCIA, NATURALEZA DE LA EXCLUYENTE DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA). (s/clave)
- INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE. (s/clave)
- INCONSCIENCIA COMO EXCLUYENTE. (s/clave)
- ESTADO DE INCONSCIENCIA COMO EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis