DESPIDO DEL TRABAJO.
Si demandada la reinstalación en el trabajo el patrón niega haber despedido al trabajador y le ofrece reponerlo desde luego, no toca al primero demostrar que no lo despidió sino al segundo justificar que ello ocurrió. Por otra parte, puede considerarse presuncionalmente demostrado el abandono de trabajo por el actor, cuando al serle ofrecida la reinstalación se niega a aceptarla y cambia su acción por la de pago de indemnización constitucional por despido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813363-db7ffb11/despido-del-trabajo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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