SERVICIO NAVAL. REGLAMENTO DEL.
Al dictar el acto reclamado la Dirección General de Marina Mercante, no violó las garantías reclamadas en la demanda, pues al ajustarse a lo dispuesto en el artículo 81 del reglamento, no privó a la quejosa de ningún derecho, que la misma quejosa hace derivar de los contratos colectivos de trabajo que celebró con instituciones particulares y la ley no puede supeditarse a esos contratos, debiendo revocarse la sentencia recurrida y negarse el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813879-b236fc35/servicio-naval-reglamento-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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