INCOMPETENCIA POR LA MATERIA.
Como son de orden penal los actos reclamados debe el Ministerio Público en averiguación de delitos, resulta indebido que el Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, opinando lo contrario y estimando que se trata de actos administrativos, haya declinado la competencia, la que notoriamente tiene el carácter primeramente mencionado; y como esta Sala no puede definir la competencia que, por categoría, también debe estudiarse, la incompetencia por la materia obliga a que se remita el juicio y el toca a la Primera Sala, para los fines consiguientes, o sean el de que se avoque el conocimiento del asunto o la finque en el Tribunal Colegiado respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/813880-4bd3021f/incompetencia-por-la-materia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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