CULPABILIDAD. ERRORES ACCIDENTALES IRRELEVANTES PARA MODIFICAR EL GRADO DE LA.
En el error accidental, el sujeto actúa desde el inicio en un plano de antijuridicidad, y si bien es cierto que no hay coincidencia entre su representación y el resultado producido, debe afirmarse que no por ello la reciprocidad disminuye, pues lo que interesa al dolo es la voluntad de un resultado delictivo en abstracto, independientemente del pasivo de la acción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/814064-a5234f93/culpabilidad-errores-accidentales-irrelevantes-para-modificar-el-grado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo penal 1557/50. Porfirio Rojas. 25 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan José González. Bustamante.
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