PROMESA DE VENTA. PRESCRIPCION DEL CONTRATO.
Las condiciones resolutorias no se presumen, sino que deben ser expresas conforme al artículo 1839 del Código Civil. Son contradictorias de la nulidad de las obligaciones con la inexistencia de las mismas. El error de hecho en prometer en venta una superficie determinada de terreno antes de estar concluidas las tramitaciones de dotación de ejidos a los pueblos, tiene que probarse para fundar la nulidad del consentimiento en el contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816178-200cc7fd/promesa-de-venta-prescripcion-del-contrato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROMESA DE VENTA, PRECIO Y PLAZO EN EL CONTRATO DE. (s/clave)
- PROMESA DE VENTA. (s/clave)
- COMPRA-VENTA A PLAZO, TITULADA PROMESA DE VENTA. (II.3o.245 C)
- PROMESA DE VENTA. (s/clave)
- PROMESA DE VENTA. (s/clave)
- PROMESA DE VENTA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis