AYUNTAMIENTOS.
La suspensión o remoción de sus miembros pudiera constituir violación de garantías, individuales; por lo que debe darse entrada a la demanda de amparo que contra tales actos se promueva.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816381-1f8958d5/ayuntamientos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 4321/44. Martínez Luis y coagraviados. 21 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Amparo 8726/44. Tlatelpa Gorgonio Calixto. 14 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo 2399/45. Ortega José y coagraviados. 7 de julio de 1945. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.
Amparo 1545/45. Méndez Jesús. 7 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DEMANDA DE AMPARO. (s/clave)
- DEMANDA DE AMPARO. (s/clave)
- AUTORIDADES NO LLAMADAS AL AMPARO. (s/clave)
- PROTECCION CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- AYUNTAMIENTOS. (s/clave)
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis