VACACIONES.
Si una cláusula inserta en el contrato de trabajo establece que los trabajadores tendrán derecho a las vacaciones que concede la Ley Federal del Trabajo, es evidente su sentido de otorgarles tal beneficio, sin que pueda sostenerse que por tratarse de una pequeña industria y hallarse en el contrato de las vacaciones que concede la ley, que no son ninguna tratándose de aquella industria, no deban otorgarse, pues siendo regla general de interpretación de los contratos la de entender sus cláusulas en el sentido de que surtan efecto, admitir lo contrario sería hacer nugatoria e inútil su inclusión en el contrato, a menos que se pretenda que la misma se puso de mala fe y tan sólo con el propósito de engañar a los trabajadores con un beneficio aparente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816655-87f234e0/vacaciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- VACACIONES. (s/clave)
- VACACIONES, DERECHO A LAS. (s/clave)
- VACACIONES, DERECHO A GOZAR PROPORCIONALMENTE DE LAS, EN CASO DE DIAS NO LABORADOS. (s/clave)
- VACACIONES, CONTRATO QUE LAS REGULA. (s/clave)
- VACACIONES, REGLAMENTACION QUE REGULA EL DISFRUTE DE LAS. (s/clave)
- VACACIONES. DEBEN DISFRUTARSE CONFORME AL CONTRATO LABORAL VIGENTE EN LA FECHA EN QUE EL DERECHO SE GENERO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis