EMBARGO, COMPROBACION EN EL AMPARO DE LOS DERECHOS DE TERCERO.
Basta acreditar mediante la certificación respectiva extendida por el encargado del Registro Público de la Propiedad, que los bienes inmuebles embargados se encuentran inscritos a nombre de un tercero extraño al juicio y que esa inscripción no está desvirtuada por otra en contrario, para que proceda la concesión del amparo solicitado contra tal acto reclamado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/816935-6f51d373/embargo-comprobacion-en-el-amparo-de-los-derechos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1183/48. Ley Juan y coagraviado. 13 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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