PAGO DE LO INDEBIDO.
Si una disposición legal imposibilita el cumplimiento de una obligación contractual, existe una fuerza mayor que libera del cumplimiento del contrato al impedido, quien si ha cubierto el importe de una pena convencional, hizo un pago de lo indebido y debe condenarse al contratante que recibió el dinero a reintegrarlo al que hizo ese pago, a partir de la fecha en que se puso en vigor la disposición legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817062-fb927095/pago-de-lo-indebido · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7459/44. Fraccionamiento y Construcciones, S. A. 19 de abril de 1945. Mayoría de tres votos. Ponente: Hilario Medina.
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