ARRESTO.
Si de acuerdo con el artículo 21 constitucional, la autoridad administrativa puede imponer arresto, es claro que puede mandarlo ejecutar.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/817378-a3ef68af/arresto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo 3563/33. Palencia Heriberto. 21 de enero de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
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