Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRENDAMIENTO, TACITA RECONDUCCION DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 818072 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XL, Cuarta Parte; Pág. 76

Para que un contrato de término fijo se convierta por la tácita reconducción en un contrato de término indefinido requiere que no haya oposición por parte del arrendador y esta Suprema Corte de Justicia ha establecido que el término de diez días de vencido el contrato, es el plazo en que puede hacerse valer la oposición y si transcurre sin ella, hay tácita reconducción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818072-7365aa6c/arrendamiento-tacita-reconduccion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4276/59. David de J. Jiménez. 17 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.

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