CONTRATO DE TRABAJO, NOVACION DEL, POR CAMBIO DE CONDICIONES.
El cambio de las condiciones en el contrato de trabajo, implica una novación que sólo puede ser válida mediante el consentimiento de las partes contratantes; y como la falta de consentimiento quedó evidenciada por la propia demanda laboral, resulta que por actos unilaterales del patrón, se impidió al trabajador que continuara prestando los servicios en los términos de su contratación, lo que equivale a un despido injustificado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818123-00eacb6d/contrato-de-trabajo-novacion-del-por-cambio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9338/61. Pedro Castro y coagraviado. 2 de julio de 1962. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.
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