NOMBRE, VARIACION DEL. ES POSIBLE OBTENERLA MEDIANTE LA RECTIFICACION DEL ACTA DEL ESTADO CIVIL.
El artículo 135, fracción II, del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, establece que ha lugar a pedir la rectificación de las actas del estado civil, " por enmienda cuando se solicite variar algún nombre y otra circunstancia sea accidental o esencial". Se consigna así, en dicha hipótesis, la posibilidad de que en un acta del estado civil, sufra aquéllas modificaciones que sean necesarias para que coincida con la verdad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818445-6d747bef/nombre-variacion-del-es-posible-obtenerla-mediante-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6233/61. Ernestina Negrete Cueto. 11 de marzo de 1963. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Jurisprudencia relacionada
- NOMBRE, VARIACION DEL (RECTIFICACION DE ACTAS DEL ESTADO CIVIL). (s/clave)
- NOMBRE, VARIACION DEL. ES POSIBLE OBTENERLA MEDIANTE LA RECTIFICACION DEL ACTA DEL ESTADO CIVIL. (s/clave)
- ACTAS DEL REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE LAS. (s/clave)
- NOMBRE, VARIACION DEL. ES POSIBLE OBTENERLA MEDIANTE LA RECTIFICACION DEL ACTA DEL ESTADO CIVIL. (s/clave)
- NOMBRE, VARIACION DEL. ES POSIBLE OBTENERLA MEDIANTE LA RECTIFICACION DEL ACTA DEL ESTADO CIVIL. (s/clave)
- NOMBRE, VARIACION DEL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis