PRORROGA DEL CONTRATO DE TRABAJO, PROPOSICION SINDICAL INNECESARIA EN CASO DE.
La subsistencia de la materia del trabajo al término del contrato, obliga a la empresa a conservar al trabajador en su trabajo sin necesidad de nueva proposición sindical, en los términos del artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo, en razón de que la proposición sindical es necesaria sólo en los casos de vacantes definitivas o temporales, pero cuando por ley se debe prorrogar el contrato de trabajo, de hecho no existe vacante temporal o definitiva que cubrir mediante proposición sindical, porque es al trabajador ya propuesto con anterioridad a quien corresponde el derecho a continuar desempeñando el puesto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/818613-996345a4/prorroga-del-contrato-de-trabajo-proposicion-sindical-innecesaria · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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