IMPRUDENCIA (LEGISLACION DE CHIAPAS).
Es bien sabido que la culpa se caracteriza por falta de previsión de un acto previsible y evitable, o bien, como la define la Ley Sustantiva Penal del Estado de Chiapas, como toda imprevisión, negligencia, impericia, falta de reflexión o de cuidado, que causa igual daño que un delito intencional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/819995-f3c6136c/imprudencia-legislacion-de-chiapas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6531/60. José Gordillo Abarca. 22 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Jurisprudencia relacionada
- IMPRUDENCIA (LEGISLACION DE CHIAPAS). (s/clave)
- IMPRUDENCIA. (s/clave)
- IMPRUDENCIA, NOCION DE LA. (s/clave)
- IMPRUDENCIA. (s/clave)
- IMPRUDENCIA, DELITO DE. (s/clave)
- IMPRUDENCIA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis