MORATORIA.-
El decreto de 14 de diciembre de 1916 que estableció la moratoria, no choca en manera alguna con el contenido de los artículos 40 y 136 de la Constitución Federal, dado que no modifica la forma de gobierno republicano, democrático y federal y no interrumpe la vigencia de la citada Carta Fundamental; tampoco pugna con el artículo 1o. transitorio, del mismo cuerpo de leyes citado, porque rige actos que acontecieron antes de entrar en vigor dicha Constitución, y su aplicación en resoluciones de fecha posterior al 5 de febrero de 1917, afecta al cumplimiento, consentimiento y consecuencias derivadas de actos o contratos celebrados en el periodo preconstitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/902596-3e9fecb0/moratoria-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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