AMNISTÍA, TÉRMINO PARA RECLAMAR LOS DERECHOS CONCEDIDOS POR LA LEY DE.-
La Ley de Amnistía, aun cuando en principio establece una gracia concedida por el poder público, en su fondo consagra derechos amplios, sin condicionarlos a plazo alguno, dentro del cual deban ser reclamados por quienes consideren estar comprendidos en las disposiciones que los contienen.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905187-3cf67ae8/amnistia-termino-para-reclamar-los-derechos-concedidos-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3124/40.-Rabatté Estopier Leopoldo.-9 de noviembre de 1940.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Rodolfo Asiáin.-Relator: José M. Truchuelo.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXVI, página 1275, Segunda Sala.
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